jueves, 18 de junio de 2015

GUIA DE ATENCION DE LOS ABORTOS NO PUNIBLES (2015)

El Ministerio de Salud de la Nación actualizó la guía de atención de los abortos no punibles. La guía, obligatoria para todas las instituciones sanitarias del país, recoge los lineamientos del fallo F. A. L. de la Corte Suprema. Considera la interrupción legal de un embarazo como un derecho de las mujeres, sobre todo a niñas y adolescentes víctimas de violación. Y busca estandarizar esa práctica para evitar obstáculos.

Se trata de un protocolo de “aplicación obligatoria en todo el territorio argentino” y que debe ser puesto en práctica “por todas las instituciones sanitarias” públicas, privadas y de las obras sociales. Desde el título, muestra un cambio significativo, porque habla de la “interrupción legal de un embarazo (ILE)” como un “derecho” de las mujeres y también de personas trans con capacidad de procrear.

El “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal de embarazo” (ése es su nombre completo) tiene 72 páginas. Actualiza la guía de 2010, y recoge los lineamientos del fallo F. A. L. de la Corte Suprema, que clarificó los alcances del artículo 86 del Código Penal, y estableció cómo se debe proceder para garantizar los abortos no punibles y puntualmente, entre otras indicaciones, señaló que no se deben exigir autorizaciones judiciales.